PROGRAMA DE PREVENCIÓN INTEGRAL AL USO Y CONSUMO DE DROGAS DE EJECUCIÓN OBLIGATORIA EN LUGARES DE TR
- MSC Ingeniería
- 5 sept 2016
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Este acuerdo busca regular el desarrollo de programas enfocados en la prevención integral al uso y consumo de drogas.
El 15 de junio del 2016, se firmó el primer Acuerdo Interninstitucional entre la Secretaría Técnica de Drogas, el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud Pública; amparados en la Constitución de la República, el Reglamento al Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo, la Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas y de Regulación y Control del Uso de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización, el Código de Trabajo y el Decreto Ejecutivo 2393 entre otras leyes.
Este acuerdo busca regular el desarrollo de programas enfocados en la prevención integral al uso y consumo de drogas. además de programas de capacitación, certificación, calificación, regulación y sanción de acciones que deben ser ejecutadas de manera obligatoria en los lugares de trabajo públicos y privados; todo esto tiene la intención de promover la erradicación del consumo de tabaco, alcohol y otras drogas.
Es sin duda una motivación ambiciosa querer erradicar el consumos de sustancias como el tabaco, el alcohol y otras drogas, sobre todo en un país como el nuestro, con una cultura de consumo de alcohol tan arraigado en su modus vivendi
La promulgación de este Acuerdo Interinstitucional ha generado, como no podía ser de otra forma, mucha expectativa, varias dudas y también varias especulaciones y rumores basados en la interpretación del documento. Como consecuencia circulan correos frecuentes que ofrecen desde ya capacitaciones sobre temas diversos relacionados con el uso de drogas y sus consecuencias, se ofrecen también charlas para explicar la aplicación de este Acuerdo Interinstitucional e incluso se ha visto ya que algunos operadores de capacitación ofertan formar preventores de drogas, una figura que aparece a raíz del mencionado acuerdo.
Para aclarar muchos de estos temas, las dudas que han surgido y aplacar rumores, la Secretaría Técnica de Drogas ha empezado de manera acertada a ejecutar un calendario de talleres GRATUITOS en coordinación con las otras dos instituciones estatales incluidas en este documento. Nosotros fuimos invitados a participar en uno de estos talleres y tuvimos la oportunidad de plantear estas inquietudes a fin que sean resueltas directamente por la fuente oficial.
¿Quiénes deben implementar el Programa?
Todas las empresas del sector público y privado a partir de 10 o más trabajadores o servidores públicos.
¿ Quiénes son los responsables de implementar el Programa en las empresas?
Los responsables serán los preventores calificados, que estarán registrados en la SETED. Pero mientras se forman los preventores serán los médicos ocupacionales quienes realicen la matriz diagnóstico de la empresa y junto a los técnicos de Seguridad y Salud diseñarán el programa de prevención de acuerdo a las necesidades de la empresa conforme se refleje en la matriz de diagnóstico.
¿Cómo ser un preventor calificado?
Se debe esperar que los organismos encargados (SETED, MDT, MSP, SETEC, CISHT) definan los lineamientos para la realización de los cursos formativos de preventores, dentro de los lineamientos que estas instituciones deben definir se encuentran las horas de formación, los contenidos de los cursos, los perfiles de los capacitadores y formadores así como de los postulantes. Según se conoció el día viernes 19 de agosto en el taller realizado en las instalaciones de la SETED, esperan tener definidos todos estos lineamiento para finales del mes de septiembre, así que se debe estar pendiente de la información oficial en la página de esta secretaría para conocer los centros de formación autorizados para el efecto.
¿Quiénes darán estos cursos de formación?
Serán Universidades y centros de capacitación como SECAP y otros operadores que cuenten con la acreditación respectiva por parte de CISHT.
¿Existe oferta formativa para preventores calificados en este momento?
En este momento todavía no existen operadores autorizados o calificados para ofertar el curso de formación de preventores de drogas.
¿Cuál es el plazo para formarse como preventor calificado?
Plazo límite para formarse como preventor calificado no existe pero se espera que se pueda contar con ofertas para el efecto a partir de finales del mes de septiembre. Sin embargo, el plazo para que las empresas cuenten con el diagnóstico y el programa de prevención de uso y consumo de drogas vence en diciembre.
¿Cómo realizar el diagnóstico y el Programa de prevención de uso y consumo de tabaco, alcohol y otras drogas en el ámbito laboral si no existen preventores calificados en la actualidad?
Son los médicos ocupacionales quienes realicen la matriz diagnóstico de la empresa y junto a los técnicos de Seguridad y Salud diseñarán el programa de prevención de acuerdo a las necesidades de la empresa conforme se refleje en la matriz de diagnóstico.
¿Cuándo iniciarán las inspecciones para verificar el cumplimiento de este Acuerdo Interinstitucional?
Las inspecciones para verificar el cumplimiento del Acuerdo Interinstitucional No. 1 iniciarán en enero del 2017, en las inspecciones se verificará que se haya realizado el diagnóstico y se haya diseñado el programa de acuerdo a las necesidades de la empresa.
¿Quién realizará las inspecciones?
El responsable de realizar las inspecciones será el Ministerio del Trabajo, quien verificará que se cumpla con lo dispuesto en el Acuerdo Insterinstitucional No. 1. La empresa tiene 3 años plazo para contar con un preventor especialista. Se deberá implementar paulatinamente el programa, no se deberá suspender el desarrollo de la programación por falta del especialista, se debe solicitar apoyo a la Secretaría Técnica de Drogas para contar con una guía adecuada.
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